La justicia porteña levantó la cautelar que frenaba el aumento del subte y el gobierno llevará el precio del boleto a $7,50 desde el próximo lunes 31 de octubre. “Los magistrados no determinaron si es justo o injusto el incremento que pretende la Ciudad. Lo que hicieron fue decir que el camino para determinar el valor de la tarifa es un juicio ordinario”, explicó Facundo Del Gaiso, auditor porteño y autor de la presentación que congeló por 3 meses el valor del “cospel”.
«Lo que planteamos fue una cuestión técnica», comentó Del Gaiso. «No se puede esperar cinco años para saber si la tarifa es justa o injusta», se quejó el auditor respecto a los argumentos judiciales que exigían plantear la demanda de una forma diferente. «Sí lo van a seguir haciendo así habrá que presentarse a un juicio ordniario», sostuvo el auditor.
Con la nueva la tarifa más alta pasará a costar $7,50, y continuará vigente el sistema de tarifa escalonada que beneficia a los pasajeros frecuentes: quienes realicen de 1 a 20 viajes pagarán $7.50; entre 21 y 30, $6; de 31 a 40 viajes, $5.25; y de 41 viajes en adelante, $4.50
«La complejidad técnica que conlleva la modificación tarifaria, sumado al estrecho marco cognitivo de estos actuados, no permiten afirmar que las tarifas aprobadas por la resoluciones impugnadas sean prima facie manifiestamente ilegítimas, irrazonables o bien, ostenten irregularidades tales como las deducidas por los actores», manifestaron desde la Sala III del fuero Contencioso Administrativo y Tributario en un párrafo que seguramente traerá controversia.
«La juez de grado no sólo ha dictado un pronunciamiento impreciso al sujetar la vigencia de la medida cautelar suspensiva a la corrección de aspectos técnicos de la tarifa que no se han detallado de manera adecuada en su resolución, sino que lo decidido se identifica, al menos parcialmente, con una sentencia estimatoria del fondo de la pretensión de los actores dictada inaudita parte, toda vez que la mencionada orden de corregir las supuestas falencias de la tarifa técnica no posee carácter provisional. Tales circunstancias vulneran, como ya se adelantó, el debido proceso y el derecho de defensa en juicio de la demandada», criticaron el fallo de la jueza Elena Liberatori los camaristas Gabriela Seijas y Esteban Centanaro, que votaron el dictamen mayoritario. Hugo Zuleta lo hizo en disidencia.